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DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE FALTA DE SUMINISTRO DE SERVICIOS PÚBLICOS Y AMPAROS PARA RESTABLECIMIENTO DEL SERVICIO

Realizamos reclamos y juicios por daños ocasionados a raíz de falta de suministro de servicios públicos y/o aquellos provocados como consecuencia del mal funcionamiento de los mismos.
Asimismo, se realizan amparos judiciales a fin de lograr el restablecimiento del servicio

Los posibles reclamos son:

  • Cortes de suministro de electricidad / gas / agua
  • Daños a equipos eléctricos provocados por bajas de tensión.
  • Amparos para restablecimiento del servicio

Reclamos contra Edesur, Edenor, Metrogas, Aysa, Ente Regulador de Agua y Saneamiento, Ente Nacional Regulador del Gas, Comisión Nacional de Comunicaciones, Ente Nacional Regulador de la Electricidad, etc.

Usted y su familia tienen derechos, asesórese con nuestros profesionales y haga que se cumplan.

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El objetivo de iniciar un juicio por falta de suministro de algún servicio público como ser electricidad, agua, gas, etc., es reclamar una indemnización reparadora del perjuicio que se haya ocasionado, sea en su persona, sus familiares y/o sus bienes.
En un juicio de daños y perjuicios se reclaman rubros indemnizatorios tales como daño material, lucro cesante, pérdida de chance, daño moral, daño psicológico, daño estético, gastos médicos e incapacidad sobreviviente entre otros. Si usted sufrió daños en su persona o en sus bienes y quiere que le realicemos el cálculo de su indemnización llámenos al 4322-2800 o al 152334-7660 y será atendido directamente por especialistas en el área.
Se puede reclamar una indemnización cuyo monto dependerá exclusivamente de los daños sufridos.
El juicio estará dirigido contra Edesur, Edenor, Metrogas, Aysa, Telecom, Telefónica, Ente Regulador de Agua y Saneamiento, Ente Nacional Regulador del Gas, Comisión Nacional de Comunicaciones, Ente Nacional Regulador de la Electricidad, etc.

SENTENCIAS

“Se encuentra acreditado que entre el 01.01.10 y el 31.08.14, dichos usuarios sufrieron varias interrupciones en el suministro de energía eléctrica, permaneciendo sin luz durante más de 912 horas, como consecuencia de fallas en la red de baja tensión”

“En consecuencia, la obligación de la empresa demandada de proveer en forma correcta el servicio eléctrico, constituye una obligación de resultado, resultando su responsabilidad de naturaleza objetiva.”

“FALLO: Haciendo lugar a la demanda promovida por ….. ARI GABRIEL GURFEIN, contra EDESUR S.A., condenando a ésta última a pagar a cada uno de los actores, dentro del plazo de diez días, la suma de CUARENTA Y TRES MIL PESOS ($ 43.000), con más sus intereses y costas (art. 68 del CPCC)” Fecha de firma: 26/10/2015 Firmado por: FRANCISCO DE ASIS SOTO JUEZ”.

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